AQUI DISPONES DE TODA LA INFORMACION DEL CURSO Y REQUISITOS PARA ITSP
EL INSTRUCTOR DE TIRO PARA SEGURIDAD PRIVADA, (ITSP) ejercen funciones Sus funciones son las de Instruir en la teoría y la práctica del tiro al personal de seguridad, asi como la Dirección del tiro en los ejercicios de tiro obligatorios del personal de seguridad privada.
Es una profesión que cada día está más en alza y es que son necesarios para la formación del personal de seguridad privada, así como la dirección de los ejercicios obligatorios para dicho personal.
Solo hay una convocatoria al año para poderse presentar a las pruebas por lo que cada vez es más exclusivo el ser INSTRUCTOR DE TIRO.
REQUISITOS ASPIRANTES INSTRUCTOR DE TIRO SEGURIDAD PRIVADA.
En primer lugar, comprueba que cumples los requisitos para presentarte a las pruebas.
Tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, Ser mayor de edad, Carecer de antecedentes penales, Estar en posesión del título de Graduado Escolar, de Graduado en E.S.O, de Formación, Profesional de primer grado o de otros equivalentes o superiores,
Estar en posesión de alguna de las licencias de armas en vigor de la clase «A», «B»,»C» o «F»,
INSTRUCTOR del CURSO. D. AITOR GOIKOETXEA PUELLES
Instructor de Tiro Seguridad Privada desde 2005. 20 años de experiencia formativa.
I. Resumen Ejecutivo
La Dirección General de la Guardia Civil ha publicado la segunda convocatoria para el año 2025 para las pruebas de obtención de la habilitación como instructor de tiro del personal de seguridad privada. Esta resolución establece el marco legal, los requisitos para los aspirantes, el proceso de solicitud, la estructura de las pruebas de aptitud (teóricas y prácticas), y los criterios de evaluación, así como la composición del Tribunal calificador. El objetivo principal es “Comprobar que las personas aspirantes poseen los conocimientos y la capacidad necesaria para la instrucción y dirección de los ejercicios de tiro del personal de seguridad privada.” La superación de estas pruebas es indispensable para ejercer dichas funciones.
II. Puntos Clave y Temas Principales
1. Objeto y Alcance de la Convocatoria
- Finalidad: La convocatoria busca habilitar a individuos para instruir y dirigir ejercicios de tiro para el personal de seguridad privada. Específicamente, los habilitados podrán “ejercer las funciones de dirección e instrucción en las prácticas y el perfeccionamiento en el manejo de las armas del personal de seguridad privada durante los ejercicios de tiro, tanto de entrenamiento como de calificación.”
- Marco Normativo: Las pruebas se rigen por la Resolución de 28 de febrero de 1996 (que aprueba las instrucciones para ejercicios de tiro de seguridad privada), la Resolución de 19 de marzo de 2019 (sobre la unidad administrativa competente en seguridad privada), y las bases aprobadas en esta misma resolución.
2. Requisitos de los Aspirantes
Para participar en las pruebas, los aspirantes deben cumplir una serie de requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias:
- Nacionalidad: Ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, o de un tercer estado con convenio internacional recíproco con España.
- Edad: Ser mayor de edad.
- Antecedentes Penales: Carecer de antecedentes penales.
- Nivel Académico: Poseer el título de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de primer grado, o equivalentes/superiores.
- Licencia de Armas: Estar en posesión de alguna de las licencias de armas en vigor de la clase “A”, “B”, “C”, o “F”. Es crucial mantener esta licencia en vigor el día de la prueba práctica.
3. Proceso de Solicitud y Plazos
- Plazo de Solicitud (Convocatoria 2/2025): Del 1 al 20 de septiembre de 2025.
- Fecha de Inicio de Pruebas: Noviembre de 2025.
- Procedimiento: La inscripción se realiza exclusivamente por vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la Guardia Civil (https://sede.guardiacivil.gob.es/), utilizando los métodos de identificación aceptados en la plataforma Cl@ve.
- Acreditación de Requisitos: La solicitud implica la autorización para que el Servicio de Protección y Seguridad recabe datos de identidad y antecedentes penales. En caso de no consentimiento, el aspirante deberá aportar la documentación pertinente (título académico, licencia de armas en vigor y, para extranjeros no residentes, tarjeta de identidad/residencia o pasaporte). Los documentos en otros idiomas deben ir acompañados de traducción autenticada al castellano.
4. Gestión de Listas y Subsanación de Defectos
- Listas Provisionales: El Tribunal calificador publicará una lista provisional de admitidos y excluidos, indicando las causas de exclusión. Esta lista se hará pública en la web de la Guardia Civil (www.guardiacivil.es) y del Ministerio del Interior (www.interior.gob.es).
- Plazo de Subsanación: Los aspirantes excluidos dispondrán de diez (10) días naturales desde la publicación de la lista provisional para subsanar los defectos o alegar lo que consideren, a través del correo electrónico [email protected].
- Listas Definitivas: Tras el plazo de subsanación, el Tribunal publicará la lista definitiva, incluyendo la hora, fecha y sede de la prueba teórica para los admitidos.
5. Tribunal Calificador
- Composición: El Tribunal estará constituido por personal de la Guardia Civil, incluyendo un Presidente (Coronel don Antonio Suárez Yáñez), Vocales (Teniente Coronel, Comandante, Sargento 1º, Cabo 1º) y Suplentes.
- Sede: Servicio de Protección y Seguridad de la Dirección General de la Guardia Civil, calle Batalla del Salado, 32 (28045-Madrid) y correo electrónico [email protected].
- Funciones: Desarrollar y calificar las pruebas, resolver dudas y subsanar errores. Pueden designar personal asesor especialista y colaborador.
- Abstención y Recusación: Los miembros del Tribunal y el personal asesor deben abstenerse en casos de conflicto de interés, y los participantes pueden recusarlos.
6. Pruebas de Aptitud
Las pruebas se realizarán en la Comunidad de Madrid y se dividen en dos partes:
- Prueba de Conocimientos Teóricos:
- Formato: Cuestionario escrito de sesenta (60) preguntas tipo test (más 3 de reserva) basadas en el programa del Apéndice I.
- Duración: Sesenta y tres (63) minutos.
- Puntuación: 1 punto por respuesta correcta. Las respuestas incorrectas penalizan según la fórmula: N = P / (A – E / (n-1)) * 10, donde N es la calificación, P el total de preguntas, A aciertos, E errores y n el número de opciones de respuesta.
- Calificación para Apto: Mínimo de 30 puntos (5 sobre 10).
- Temario (Apéndice I): Incluye normativa (Ley de Seguridad Privada, Reglamentos de Armas y Seguridad Privada, etc.), armamento (estudio y conocimiento de la pistola semiautomática 9mm Pb HK USP COMPACT, revólver calibre 38 especial LLAMA MARTIAL, escopeta de repetición calibre 12/70 SPA FRANCHI CULATA FIJA, y arma larga rayada calibre 22 CARABINA MARLIN Mod 880 SS), balística y cartuchería, normas de seguridad en el manejo de armas, y técnica de tiro.
- Prueba de Aptitud Práctica:
- Realización: Exclusivamente con munición inerte.
- Primera Parte: “Consistirá en el aseguramiento, desmontaje y posterior montaje de cada una de las armas que figuran en el apartado A del punto primero del apéndice II de la presente convocatoria.” Cualquier “fallo de seguridad o falta manifiesta de pericia en el manejo de las armas será motivo de eliminación.” Las armas son las mismas que las del temario teórico.
- Segunda Parte: “el aspirante mediante la realización de un sorteo previo ejercerá la dirección simulada de un ejercicio de tiro de entre los que figuran en la Resolución de 28 de febrero de 1996”. Se valorará la explicación y adopción de medidas de seguridad, conocimiento del ejercicio de tiro y demostración de posiciones (Weaver, Crouch, Cazadora, Tiro desde la cadera), organización y aptitud de mando, y solución de incidencias.
- Requisito Crucial: Los aspirantes deben estar en posesión de la licencia de armas tipo “A”, “B”, “C” o “F” en vigor el día de la prueba práctica. Las licencias en trámite o caducadas conllevan la exclusión.
- Calificación: Ambas partes se califican como APTO/A o NO APTO/A.
7. Superación de las Pruebas y Habilitación
- La superación de ambas pruebas (teórica y práctica) resulta en ser declarado “apto” por el Tribunal.
- La habilitación para ejercer las funciones de instructor de tiro del personal de seguridad privada se obtendrá “previa expedición de la acreditación correspondiente en el expediente que se instruya a instancia de las personas interesadas.”
- La vigencia de la habilitación está “condicionada al mantenimiento de los requisitos exigidos para su obtención.”
8. Protección a la Maternidad
- Las aspirantes que acrediten médicamente encontrarse en periodo de embarazo, parto o posparto y no puedan realizar las pruebas prácticas en igualdad de condiciones, podrán solicitarlas en la convocatoria inmediatamente siguiente en la que puedan desarrollarlas.
III. Implicaciones y Consideraciones Adicionales
- Importancia del Cumplimiento de Plazos: Los plazos de solicitud y subsanación son estrictos y deben ser rigurosamente observados.
- Preparación Integral: El programa de materias (Apéndice I y II) es exhaustivo, requiriendo conocimientos teóricos profundos en normativa, armamento, balística, seguridad y técnica de tiro, así como una alta competencia práctica en el manejo de armas y la dirección de ejercicios.
- Obligatoriedad de Licencia de Armas Vigente: La insistencia en que la licencia de armas esté en vigor el día de la prueba práctica es un punto crítico que los aspirantes deben garantizar para evitar la exclusión.
- Publicidad de Resultados: Todas las listas y resultados (provisionales y definitivos) se publicarán en las webs de la Guardia Civil y del Ministerio del Interior, facilitando el seguimiento del proceso por parte de los aspirantes.
- Vías de Impugnación: La convocatoria y sus actos administrativos pueden ser impugnados según lo previsto en la Ley 39/2015 (Procedimiento Administrativo Común) y la Ley 29/1998 (Jurisdicción Contencioso-administrativa).
Este documento de información resume los elementos esenciales de la convocatoria, proporcionando una guía clara sobre el proceso para obtener la habilitación como instructor de tiro de seguridad privada en España para el año 2025.
¿Cuál es el propósito de esta convocatoria y qué habilita la superación de las pruebas?
El propósito principal de esta convocatoria es verificar que los aspirantes poseen los conocimientos y la capacidad necesarios para la instrucción y dirección de los ejercicios de tiro del personal de seguridad privada. Superar estas pruebas habilita a la persona para ejercer funciones de dirección e instrucción en las prácticas y el perfeccionamiento en el manejo de armas del personal de seguridad privada durante los ejercicios de tiro, tanto de entrenamiento como de calificación. La habilitación obtenida estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigidos para su obtención.
¿Cuáles son los requisitos esenciales para poder presentarse a estas pruebas?
Para poder participar en las pruebas, los aspirantes deben cumplir varios requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
- Nacionalidad: Ser ciudadano de un estado miembro de la Unión Europea, de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o de un tercer estado con convenio internacional con España que reconozca el acceso a estas actividades.
- Edad: Ser mayor de edad.
- Antecedentes Penales: Carecer de antecedentes penales.
- Titulación Académica: Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de primer grado, o títulos equivalentes o superiores.
- Licencia de Armas: Poseer alguna de las licencias de armas en vigor de las clases “A”, “B”, “C” o “F”. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos en cualquier fase del proceso selectivo puede llevar a la exclusión y anulación de las actuaciones del aspirante.
¿Cómo y cuándo se pueden presentar las solicitudes para la segunda convocatoria de 2025?
Las solicitudes para la segunda convocatoria de 2025 se deben presentar por vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la Guardia Civil (https://sede.guardiacivil.gob.es/). El proceso de inscripción se realiza seleccionando “Seguridad Privada” y luego el procedimiento de “Admisión a pruebas para la obtención de la habilitación como instructor de tiro del personal de seguridad privada”. Para acceder, se puede utilizar cualquier método de identificación aceptado en la plataforma Cl@ve (DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente). El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria es del 1 al 20 de septiembre de 2025, y el inicio de las pruebas está previsto para noviembre de 2025.
¿Qué documentación es necesaria para acreditar los requisitos y cómo se gestiona?
La solicitud de participación en el proceso selectivo implica la autorización del aspirante para que el Servicio de Protección y Seguridad de la Guardia Civil recabe sus datos de identidad, antecedentes penales y otros datos necesarios a través de plataformas de intermediación electrónica. En caso de no dar consentimiento expreso, el aspirante deberá aportar la documentación pertinente antes de la finalización del plazo de solicitud. La documentación específica que debe aportar el aspirante incluye:
- Titulación académica: Título de Graduado Escolar, de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de primer grado, o sus equivalentes/homologaciones si los estudios no fueron cursados en España.
- Licencia de Armas: Licencia de armas tipo “A”, “B”, “C” o “F” en vigor.
- Documentación para extranjeros no residentes: Tarjeta de identidad o autorización de residencia en vigor, o pasaporte, con constancia de nacionalidad y número de identidad. Si los documentos están en otro idioma, deben ir acompañados de una traducción autenticada al castellano.
¿Cómo se estructura el proceso de selección y las pruebas de aptitud?
El proceso de selección consta de dos pruebas principales:
- Prueba de conocimientos teóricos: Consiste en un cuestionario escrito de 60 preguntas tipo test, más 3 preguntas de reserva, basadas en el programa teórico (Apéndice I). El tiempo máximo es de 63 minutos. Cada respuesta correcta suma 1 punto, y las respuestas incorrectas restan puntos según una fórmula específica. Para ser apto, se requiere una calificación mínima de 30 puntos (5 sobre 10).
- Prueba de aptitud práctica: Esta prueba se realiza con munición inerte y se divide en dos partes:
- Primera parte: Aseguramiento, desmontaje y montaje de armas específicas (Pistola semiautomática 9mm Pb HK USP COMPACT, Revólver 38 especial LLAMA MARTIAL, Escopeta de repetición 12/70 SPA FRANCHI CULATA FIJA, Carabina 22 MARLIN Mod 880 SS). Cualquier fallo de seguridad o falta de pericia resultará en eliminación.
- Segunda parte: Simulación de la dirección de un ejercicio de tiro, donde se valorará la aplicación de medidas de seguridad, el conocimiento del ejercicio, la organización, la aptitud de mando y la resolución de incidencias. Ambas partes de la prueba práctica se califican como APTO/A o NO APTO/A. Es imprescindible tener la licencia de armas en vigor el día de la prueba práctica.
¿Qué sucede si un aspirante es excluido de la lista provisional de admitidos?
Si un aspirante es excluido de la lista provisional de admitidos, tendrá un plazo de diez (10) días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación de dicha lista en la página web de la Guardia Civil (www.guardiacivil.es) y del Ministerio del Interior (www.interior.gob.es), para subsanar los defectos que motivaron su exclusión o para alegar lo que considere conveniente. Esto se debe hacer a través del Departamento de Formación del Servicio de Protección y Seguridad de la Guardia Civil, mediante el correo electrónico [email protected]. Los escritos de subsanación serán resueltos por el Tribunal calificador en el acuerdo que publique la lista definitiva de admitidos y excluidos.
¿Quiénes conforman el Tribunal Calificador y cuáles son sus funciones?
El Tribunal Calificador está compuesto por personal de la Guardia Civil, incluyendo un Presidente (Coronel Antonio Suárez Yáñez), Vocales (Teniente Coronel, Comandante, Sargento 1º, Cabos 1º) y Suplentes (Comandante, Capitán, Teniente, Guardias Civiles). Sus funciones principales son:
- Desarrollar y calificar las pruebas.
- Resolver las dudas que puedan surgir en la aplicación de las bases de la convocatoria.
- Resolver casos no previstos en las bases.
- Subsanar errores de hecho en cualquier fase del procedimiento, de oficio o a instancia de parte.
- Designar personal asesor especialista y personal colaborador si lo consideran necesario para las diferentes fases de las pruebas.
- Llevar actas de cada sesión. Además, los miembros del Tribunal y el personal asesor o colaborador deben abstenerse de intervenir si concurre alguna causa de abstención legal, y los participantes pueden recusar al Tribunal.